Límites al paro docente y respuesta de ADOSAC

Ante las consultas en relación con las medidas de fuerza adoptadas por el Congreso Extraordinario de A.DO.SA.C. (Asociación Docentes de Santa Cruz), el gremio emirió una aclaración.

La controversia se origina en la sentencia emitida por el Juzgado de Primera Instancia N° 1 en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Río Gallegos, con fecha 28 de julio de 2023, registrada en su Tomo: XLVIII – Registro 19- Folio 156/166. En esta sentencia, se establece explícitamente que «se limita al VEINTE POR CIENTO (20 %) el total de días disponibles para llevar a cabo medidas de fuerza durante el ciclo lectivo 2023″.

A pesar de la postura de la entidad sindical, que ha recurrido esta medida por «considerarla inconstitucional y restrictiva del derecho a la huelga consagrado en la Constitución Nacional y provincial», esta disposición legal «ha generado controversia y descontento en el sector docente». Desde A.DO.SA.C., «se repudian estas acciones que se perciben como persecutorias hacia el sector educativo, que legítimamente busca mejoras salariales, laborales y edilicias».

Frases textuales del comunicado de ADOSAC

Este tipo de actitudes no hacen más que confirmar un estilo de gestión autoritario fracasado y castigado no tan solo por la docencia, sino también por la sociedad en su conjunto.

A quienes pretenden desinformar los invitamos a “leer el fallo” pero por sobre todo a ser parte de la lucha que llevamos adelante para volver a creer que una escuela totalmente democrática es posible, alejada de esas prácticas instaladas por quienes pretendieron hacer del amedrentamiento una herramienta de disciplinamiento que evidentemente no funcionó.

Las presentaciones de rigor se realizaron en tiempo y forma ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Provincia de Santa Cruz como es habitual en estos casos.

LA MEDIDA DE FUERZA EN EL MARCO DE LA JORNDADA NACIONAL DE SINDICATOS Y SECCIONALES QUE LUCHAN ES GENUINA Y LEGAL.

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